Quién
Julio Iglesias es el padre de Javier Santos, según la sentencia judicial
Tras casi dos años, ya hay sentencia en el juicio por la demanda de paternidad contra Julio Iglesias. El titular del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia ha sentenciado que Javier Sánchez Santos (42) es hijo del cantante , según ha informado su abogado, Fernando Osuna, a la salida de la vista, a la que no ha acudido Iglesias, quien no se ha presentado a ninguna durante el proceso.
El juicio por la supuesta paternidad de Julio Iglesias quedó visto para sentenciael pasado 4 de julio tras la celebración de una vista en la que únicamente declaró como testigo la madre de Sánchez Santos, la ex bailarina María Edite.
Julio Iglesias vuelve a ser padre a los 75 años. Javier Sánchez gana el juicio y Julio Iglesias lo pierde. La ciencia gana, la sinrazón pierde”, ha declarado Osuna al diario Levante.
El abogado Fernando Osuna insistió la semana pasada en que existían indicios evidentes en la causa ya que a los nueve meses de la relación entre María Edite y Julio Iglesias nació Javier, que tiene un parecido físico “enorme”, y existía una “negativa injustificada por tres o cuatro veces a hacerse la prueba de ADN”.
Los mismos datos ha destacado el juez que ha dictaminado sentencia: el “evidentísimo parecido físico” entre padre e hijo y la “constancia de que en la época de la concepción existieron ciertos contactos y tratos entre María Edite Santos y Julio Iglesias, que hacen que no sea inverosímil el haber existido relaciones sexuales entre ellos”, según recoge El País.
Como ya advirtió hace unos días que ocurriría si la sentencia no le era favorable, el cantante va a recurrir la resolución judicial. Así lo ha anunciado su abogado, Fernando Falomir, quien ha explicado que se interpondrá el recurso a principios de septiembre, al no ser agosto un mes hábil.
Falomir ha explicado que la defensa plantea la cuestión como “cosa juzgada” y por ello decidir la práctica de una prueba biológica con carácter previo a resolverla es “un contrasentido” porque la ley exige que, antes de practicar las pruebas, “se resuelva esta cuestión”, por lo que no hay tal negativa a someterse a la prueba sino que primero se debe determinar si es cosa juzgada.
“Decir con carácter previo y anticipado que se someta a la prueba y luego se decidirá si es cosa juzgada, pues no”, ha argumentado.
En cualquier caso no es una negativa “injustificada”, según el abogado, quien añade que los tribunales podrán estimar este tipo de demandas de paternidad ante la negativa injustificada al sometimiento de la prueba y siempre que existan otros indicios.
El abogado del cantante defiende que no hay indicios, y los que hay son “una foto de Julio aquel día con otras personas en una sala de fiestas” en 1975. “¿Eso significa que hay indicios de relación?, contrariamente a la sentencia, pienso que no es suficiente”, ha señalado.